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Nacionales

SAT debe pagar 103 mdp a Televisa, ordena la SCJN

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De acuerdo con medios nacionales, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó firme la sentencia que concede a Televisa un amparo para que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) le devuelva 103 millones 73 mil 347 pesos por concepto de intereses de impuestos considerados “indebidos”, correspondientes a los ejercicios fiscales de 1998, 1999, 2003 y 2004.

En marzo de 2020, y en cumplimiento de una resolución emitida el 3 de julio de 2018 por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se determinó la devolución del impuesto al activo consolidado por recuperar de esos años.

Sin embargo, Hacienda impugnó el fallo, por lo que el caso fue turnado a un tribunal colegiado que otorgó la protección de la justicia federal a la televisora.

Al resolver el amparo directo en revisión 2473/2025, el ministro Espinosa Betanzo confirmó la sentencia del Colegiado al considerar que la resolución impugnada por la SHCP no le causa un perjuicio directo, ya que no realizó un pronunciamiento de constitucionalidad.

El ministro precisó que la sentencia se limitó a la mecánica del cálculo de intereses, sin contrastar disposiciones del Código Fiscal de la Federación con la Constitución, por lo que las autoridades no estaban legitimadas para interponer el recurso de revisión en ese caso.

Nacionales

¿Te vigilan por tu apariencia al entrar a una tienda? Profeco advierte sobre prácticas discriminatorias

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La dependencia federal señala que ningún consumidor debe ser tratado como sospechoso por su vestimenta, color de piel o aspecto físico. Conoce cómo y dónde presentar una queja.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) advirtió sobre las prácticas discriminatorias que pueden enfrentar los clientes en establecimientos comerciales, particularmente cuando son vigilados de manera excesiva o reciben un trato injustificado debido a su apariencia física.

El titular de la dependencia, César Iván Escalante Ruiz, explicó que estas situaciones pueden constituir actos de perfilamiento racial o discriminación cuando el personal de seguridad o los empleados consideran sospechosa a una persona únicamente por su tono de piel, origen, vestimenta o características físicas.

¿Cuándo la vigilancia en una tienda se convierte en discriminación?

De acuerdo con lo señalado por Profeco, existen comportamientos que pueden representar un trato discriminatorio hacia los consumidores, como seguirlos constantemente por los pasillos, interrogarlos sin una razón justificada, solicitar revisiones de sus pertenencias o interceptarlos basándose exclusivamente en su apariencia.

Escalante Ruiz enfatizó que los establecimientos comerciales deben evaluar las conductas de las personas y no juzgarlas por su aspecto físico, ya que todos los consumidores tienen derecho a ingresar, recorrer las instalaciones, seleccionar productos y recibir atención sin enfrentar prejuicios.

Cifras revelan casos de discriminación en México

La Encuesta Nacional sobre Discriminación (ENADIS) 2022 evidenció que el 23.7% de la población encuestada reportó haber experimentado alguna situación de discriminación.

Entre los motivos identificados destacan la forma de vestir o el arreglo personal, con un 30.6%, así como el tono de piel, con un 13.1%, cifras que reflejan la presencia de prejuicios relacionados con la apariencia.

¿Dónde denunciar si eres víctima de discriminación?

Las personas que consideren haber recibido un trato discriminatorio en supermercados, tiendas departamentales u otros establecimientos pueden presentar su queja ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).

Los canales de contacto difundidos son:

  • Correo electrónico: quejas@conapred.gob.mx
  • Teléfono: 55 5262 1490
  • Línea gratuita: 800 543 0033

La Profeco reiteró la importancia de que los comercios garanticen un trato digno y respetuoso para todos sus clientes, independientemente de sus características físicas, condición social o manera de vestir.

La vigilancia comercial no debe convertirse en una forma de discriminación. Las medidas de seguridad deben responder a comportamientos objetivos y no a prejuicios sobre la apariencia de quienes ingresan a comprar.

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