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Nacionales

Grupo Elektra ha pagado casi 14 mil mdp al SAT; deuda total supera los 32 mil millones

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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) informó que Grupo Elektra, propiedad del empresario Ricardo Salinas Pliego, ha pagado hasta el momento 13 mil 979 millones de pesos al Servicio de Administración Tributaria (SAT) como parte de un acuerdo para cubrir un adeudo fiscal superior a los 32 mil 132 millones de pesos.

De acuerdo con la dependencia federal, los recursos ya fueron ingresados a la Tesorería de la Federación y el resto del monto será liquidado en parcialidades con fecha límite hasta julio de 2027, conforme a lo establecido en el Código Fiscal de la Federación y resoluciones judiciales aplicables.

Hacienda detalló que en enero pasado el grupo empresarial realizó un primer pago por 10 mil 400 millones de pesos y recientemente efectuó un segundo abono por alrededor de 3 mil 579 millones de pesos.

En otro tema relacionado, durante su conferencia matutina de este lunes, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, llamó a la población a no consumir contenidos de TV Azteca, empresa vinculada a Salinas Pliego.

Nacionales

SCJN invalida normas sobre terapias de conversión en Guanajuato

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó por unanimidad diversas disposiciones del Código Penal de Guanajuato relacionadas con las llamadas terapias de conversión, al considerar que vulneran derechos humanos fundamentales de las personas LGBTIQ+.

Durante la sesión, el máximo tribunal del país resolvió que los llamados Esfuerzos por Corregir la Orientación Sexual o la Identidad o Expresión de Género (Ecosieg) pueden alcanzar “el umbral de la tortura o equipararse a tratos crueles, inhumanos o degradantes”.

La Corte también señaló que estas prácticas atentan contra los derechos a la igualdad y no discriminación, el libre desarrollo de la personalidad, la salud y la integridad personal.

⚖️ Invalidan reducción de sanciones

La resolución dejó sin efectos las normas que contemplaban sanciones menores para madres, padres o tutores que sometieran a menores de edad o personas bajo su cuidado a este tipo de prácticas.

Asimismo, la SCJN invalidó la disposición que excluía el delito cuando una persona adulta supuestamente otorgaba “consentimiento informado”.

La ministra ponente María Estela Ríos sostuvo que:

“La protección de la familia no puede justificar esquemas de sanción insuficientes frente a conductas que lesionan gravemente la orientación sexual y la identidad o expresión de género”.

🚫 “No tienen sustento científico”

En la acción de inconstitucionalidad, la Corte reiteró que las terapias de conversión carecen de justificación médica, psicológica o científica y representan un riesgo para la integridad física, mental y emocional de las personas.

Además, el fallo se alinea con estándares internacionales de derechos humanos y fortalece la protección jurídica de niñas, niños, adolescentes y personas LGBTIQ+ en México.

🌎 Contexto internacional

La resolución también recuerda que la Organización Mundial de la Salud eliminó la homosexualidad de su lista de enfermedades desde 1990, criterio que ha servido como base para rechazar prácticas que buscan modificar la orientación sexual o identidad de género de las personas.

Con esta decisión, la SCJN reafirma que las llamadas terapias de conversión son contrarias a la dignidad humana y a los principios constitucionales de protección de los derechos fundamentales.

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