Nacionales
Ordenan a FGR entregar al INE carpetas de investigación contra EPN
Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral Federal ordenaron a la Fiscalía General de la República (FGR) entregar al Instituto Nacional Electoral (INE) la información que le solicite vinculada con indagatorias del caso Odebrecht y posible financiamiento ilegal a la campaña del entonces candidato a la Presidencia de la República por el PRI, Enrique Peña Nieto.
La sentencia aprobada de manera unánime a propuesta del Magistrado ponente, el presidente Reyes Rodríguez, y avalada por los Magistrados Felipe de la Mata, Felipe Fuentes e Indalfer Infante, indica que en materia de fiscalización no es aplicable el secreto ministerial como ha argumentado la Fiscalía al INE, negándole las copias de las indagatorias sobre el tema.
A continuación el comunicado:
Por unanimidad de votos de los presentes, el pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) le ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) proporcionar y entregar diversa información al Instituto Nacional Electoral (INE) correspondiente a cuatro carpetas de investigación a su cargo, por tener relación con un procedimiento de fiscalización que el INE tiene en sustanciación.
En el 2017 los partidos de la Revolución Democrática y Morena presentaron diversas denuncias ante el INE, en las que alegaron, esencialmente, una probable aportación de ente prohibido a favor de la campaña del entonces candidato a presidente de la república, Enrique Peña Nieto. Los sujetos denunciados fueron los partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México, el ciudadano Emilio Ricardo Lozoya Austin, así como las personas morales Odebrecht y OHL.
La Unidad Técnica de Fiscalización del INE le solicitó en abril del 2021 a la FGR información y copias respecto de diversas carpetas de investigación relacionadas con el tema denunciado por los partidos de la Revolución Democrática y Morena. La FGR le negó la información y documentación requerida, por el carácter reservado de esas carpetas, pues estimó que se encuentra obligada a salvaguardar el sigilo de las investigaciones.
En contra de esa determinación, el Secretario Ejecutivo del INE presentó un juicio electoral ante la Sala Superior. A propuesta del magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón, en sesión pública por videoconferencia el pleno declaró fundada la pretensión del INE pues, como se ha sostenido en ocasiones anteriores, el secreto ministerial no es oponible a la facultad de fiscalización del INE.
La determinación anterior se basó, esencialmente, en que el ministerio público debe tener en cuenta que tanto la Ley General de Instituciones y Procesos Electorales, así como el Código Nacional Procesal Penal, señalan que las autoridades federales, como lo es la FGR, deben colaborar con las autoridades electorales, en esta ocasión con el INE, en el ejercicio de sus facultades constitucionales, como lo es la de fiscalización.
Además, en la sentencia se señala que el hecho de que la FGR otorgara información, no implica que la misma deje de ser reservada o confidencial, pues el INE tiene el deber de mantenerla protegida y de utilizarla exclusivamente para los fines estrictamente necesarios.
Por tanto, el Pleno vinculó a la FGR para que le entregara al INE la documentación y la información solicitada, para que ese Instituto Electoral pueda cumplir con sus facultades constitucionales de fiscalización (SUP-JE-3/2022).
Nacionales
¿Te vigilan por tu apariencia al entrar a una tienda? Profeco advierte sobre prácticas discriminatorias
La dependencia federal señala que ningún consumidor debe ser tratado como sospechoso por su vestimenta, color de piel o aspecto físico. Conoce cómo y dónde presentar una queja.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) advirtió sobre las prácticas discriminatorias que pueden enfrentar los clientes en establecimientos comerciales, particularmente cuando son vigilados de manera excesiva o reciben un trato injustificado debido a su apariencia física.
El titular de la dependencia, César Iván Escalante Ruiz, explicó que estas situaciones pueden constituir actos de perfilamiento racial o discriminación cuando el personal de seguridad o los empleados consideran sospechosa a una persona únicamente por su tono de piel, origen, vestimenta o características físicas.
¿Cuándo la vigilancia en una tienda se convierte en discriminación?
De acuerdo con lo señalado por Profeco, existen comportamientos que pueden representar un trato discriminatorio hacia los consumidores, como seguirlos constantemente por los pasillos, interrogarlos sin una razón justificada, solicitar revisiones de sus pertenencias o interceptarlos basándose exclusivamente en su apariencia.
Escalante Ruiz enfatizó que los establecimientos comerciales deben evaluar las conductas de las personas y no juzgarlas por su aspecto físico, ya que todos los consumidores tienen derecho a ingresar, recorrer las instalaciones, seleccionar productos y recibir atención sin enfrentar prejuicios.
Cifras revelan casos de discriminación en México
La Encuesta Nacional sobre Discriminación (ENADIS) 2022 evidenció que el 23.7% de la población encuestada reportó haber experimentado alguna situación de discriminación.
Entre los motivos identificados destacan la forma de vestir o el arreglo personal, con un 30.6%, así como el tono de piel, con un 13.1%, cifras que reflejan la presencia de prejuicios relacionados con la apariencia.
¿Dónde denunciar si eres víctima de discriminación?
Las personas que consideren haber recibido un trato discriminatorio en supermercados, tiendas departamentales u otros establecimientos pueden presentar su queja ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).
Los canales de contacto difundidos son:
- Correo electrónico: quejas@conapred.gob.mx
- Teléfono: 55 5262 1490
- Línea gratuita: 800 543 0033
La Profeco reiteró la importancia de que los comercios garanticen un trato digno y respetuoso para todos sus clientes, independientemente de sus características físicas, condición social o manera de vestir.
La vigilancia comercial no debe convertirse en una forma de discriminación. Las medidas de seguridad deben responder a comportamientos objetivos y no a prejuicios sobre la apariencia de quienes ingresan a comprar.





