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Juez otorga primera suspensión general a la Ley Minera
Este miércoles, un juez federal de la Ciudad de México le concedió a la empresa Cobre del Mayo una suspensión provisional contra todos los efectos de la Reforma Minera aprobada por el Congreso de la Unión a finales abril y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de mayo.
Esta es la primera suspensión que otorga un juez contra todos los efectos de reforma. Anteriormente, tan solo se había concedido la medida cautelar contra el artículo quinto transitorio de la ley.
“Se concede la suspensión provisional solicitada para el efecto de que no se le aplique ninguna de las disposiciones del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Minera, de la Ley de Aguas Nacionales, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de concesiones para minería y agua”, determinó el fallo de Gabriel Regis, el Juez Décimo Sexto de Distrito en Materia Administrativa.
Esta resolución viene en medio de una ola de amparos en contra de las reformas al sector minero. Tan solo entre el lunes y martes pasado, jueces federales de la Ciudad de México, Durango, Zacatecas, Sonora y Chihuahua recibieron al menos 53 demandas de amparo para impugnar las modificaciones aprobadas, según información de Vanguardia.
Las empresas argumentan que la Reforma Minera fue aprobada en fast track el 28 de abril en el Senado de la República, por lo que hay violaciones al debido proceso legislativo.
En una sede alterna, la Cámara Alta avaló las reformas para regular el otorgamiento, mantenimiento, supervisión y terminación de las concesiones mineras y de agua para uso industrial en la minería, y así recuperar la rectoría del Estado sobre los recursos minerales e hídricos de la nación.
Mientras que la ley anterior otorgaba las concesiones mineras por 50 años con derecho a prórroga, la nueva legislación reduce a 30 años la duración de los permisos, con solo una prórroga de 25 años, tras la que las empresas deben volver a concursar. No obstante, suaviza las expectativas del proyecto original impulsado por el presidente Andrés Manuel López Obrador, que preveía solo 15.
También prohíbe la explotación de minerales o sustancias, y la disposición final de los residuos mineros en áreas naturales protegidas, humedales, cauces y zonas federales de aguas nacionales, obras y trabajos de exploración.
Por último, permite que el Gobierno solo otorgue concesiones de minas mediante un concurso público y con una consulta previa a pueblos originarios, además de facilitar la revocación de la licencia por daños al medioambiente.
“Esta nueva ley aplicaría para las nuevas concesiones. Ya ni siquiera es para lo que las que ya estaban”, declaró el jueves 4 de mayo el López Obrador durante su conferencia de prensa matutina en Palacio Nacional.
Nacionales
¿Te vigilan por tu apariencia al entrar a una tienda? Profeco advierte sobre prácticas discriminatorias
La dependencia federal señala que ningún consumidor debe ser tratado como sospechoso por su vestimenta, color de piel o aspecto físico. Conoce cómo y dónde presentar una queja.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) advirtió sobre las prácticas discriminatorias que pueden enfrentar los clientes en establecimientos comerciales, particularmente cuando son vigilados de manera excesiva o reciben un trato injustificado debido a su apariencia física.
El titular de la dependencia, César Iván Escalante Ruiz, explicó que estas situaciones pueden constituir actos de perfilamiento racial o discriminación cuando el personal de seguridad o los empleados consideran sospechosa a una persona únicamente por su tono de piel, origen, vestimenta o características físicas.
¿Cuándo la vigilancia en una tienda se convierte en discriminación?
De acuerdo con lo señalado por Profeco, existen comportamientos que pueden representar un trato discriminatorio hacia los consumidores, como seguirlos constantemente por los pasillos, interrogarlos sin una razón justificada, solicitar revisiones de sus pertenencias o interceptarlos basándose exclusivamente en su apariencia.
Escalante Ruiz enfatizó que los establecimientos comerciales deben evaluar las conductas de las personas y no juzgarlas por su aspecto físico, ya que todos los consumidores tienen derecho a ingresar, recorrer las instalaciones, seleccionar productos y recibir atención sin enfrentar prejuicios.
Cifras revelan casos de discriminación en México
La Encuesta Nacional sobre Discriminación (ENADIS) 2022 evidenció que el 23.7% de la población encuestada reportó haber experimentado alguna situación de discriminación.
Entre los motivos identificados destacan la forma de vestir o el arreglo personal, con un 30.6%, así como el tono de piel, con un 13.1%, cifras que reflejan la presencia de prejuicios relacionados con la apariencia.
¿Dónde denunciar si eres víctima de discriminación?
Las personas que consideren haber recibido un trato discriminatorio en supermercados, tiendas departamentales u otros establecimientos pueden presentar su queja ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).
Los canales de contacto difundidos son:
- Correo electrónico: quejas@conapred.gob.mx
- Teléfono: 55 5262 1490
- Línea gratuita: 800 543 0033
La Profeco reiteró la importancia de que los comercios garanticen un trato digno y respetuoso para todos sus clientes, independientemente de sus características físicas, condición social o manera de vestir.
La vigilancia comercial no debe convertirse en una forma de discriminación. Las medidas de seguridad deben responder a comportamientos objetivos y no a prejuicios sobre la apariencia de quienes ingresan a comprar.





