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INAI ordena a FGR transparentar datos de carpeta sobre migrantes accidentados
La Fiscalía General de la República (FGR) debe dar a conocer el número de la carpeta de investigación iniciada por el accidente de la volcadura de un tráiler en el kilómetro 6 de la carretera Tuxtla Gutiérrez-Chiapa de Corzo, Chiapas, el 9 de diciembre de 2021, en el que perdieron la vida 53 personas migrantes.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) determinó que la fiscalía debe informar, en el supuesto de que el caso se haya judicializado, el número de la causa penal y el juzgado donde se radicó el expediente, así como la fecha de la sentencia, si ya se hubiese emitido.
La comisionada presidenta del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena, consideró que la población tiene el derecho de tener información sobre el caso, en particular si desean conocer la eficacia de la fiscalía.
En una solicitud de información pública, una persona solicitó a la FGR informar si se abrió una investigación por el accidente referido y, de ser así, el número de la carpeta de investigación, la causa penal, el juzgado donde se radicó el expediente y la fecha de la sentencia, si ya se hubiese emitido.
En respuesta, la FGR indicó que inició la carpeta de investigación el 10 de diciembre de 2021; sin embargo, reservó el número de la carpeta de investigación y cualquier otro dato contenido en ésta, de conformidad con el artículo 110, de la Ley Federal de Transparencia.
Respecto a la información relacionada con causas penales, juzgados y sentencias, se declaró incompetente y sugirió dirigir la solicitud al Poder Judicial de la Federación, a través del Consejo de la Judicatura Federal.
Inconforme, la persona solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI, argumentando que la reserva de la información no se justifica, pues no implica publicar indicios ni elementos que afecten el curso de la investigación. Señaló también que la FGR tiene facultades para conocer el número de la causa penal y el juzgado donde fue radicada.
El INAI determinó que es improcedente clasificar datos de la carpeta, ya que se trata de número consecutivo que identifica a un expediente en particular, el cual no da cuenta de alguna actuación o diligencia del Ministerio Público.
Asimismo, se constató que, contrario a lo manifestado inicialmente, la FGR sí es competente y cuenta en sus archivos con el número de causa penal y juzgado donde radican aquellas averiguaciones previas que fueron judicializadas; prueba de ello es que, en un recurso de revisión resuelto con anterioridad, reservó estos datos.
Por lo anterior, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta de la FGR, a fin de que entregue el número de la carpeta de investigación del caso y asuma competencia para informar el número de la causa penal y el juzgado donde se radicó el expediente, así como la fecha de la sentencia, si ya se hubiese emitido.
Nacionales
¿Te vigilan por tu apariencia al entrar a una tienda? Profeco advierte sobre prácticas discriminatorias
La dependencia federal señala que ningún consumidor debe ser tratado como sospechoso por su vestimenta, color de piel o aspecto físico. Conoce cómo y dónde presentar una queja.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) advirtió sobre las prácticas discriminatorias que pueden enfrentar los clientes en establecimientos comerciales, particularmente cuando son vigilados de manera excesiva o reciben un trato injustificado debido a su apariencia física.
El titular de la dependencia, César Iván Escalante Ruiz, explicó que estas situaciones pueden constituir actos de perfilamiento racial o discriminación cuando el personal de seguridad o los empleados consideran sospechosa a una persona únicamente por su tono de piel, origen, vestimenta o características físicas.
¿Cuándo la vigilancia en una tienda se convierte en discriminación?
De acuerdo con lo señalado por Profeco, existen comportamientos que pueden representar un trato discriminatorio hacia los consumidores, como seguirlos constantemente por los pasillos, interrogarlos sin una razón justificada, solicitar revisiones de sus pertenencias o interceptarlos basándose exclusivamente en su apariencia.
Escalante Ruiz enfatizó que los establecimientos comerciales deben evaluar las conductas de las personas y no juzgarlas por su aspecto físico, ya que todos los consumidores tienen derecho a ingresar, recorrer las instalaciones, seleccionar productos y recibir atención sin enfrentar prejuicios.
Cifras revelan casos de discriminación en México
La Encuesta Nacional sobre Discriminación (ENADIS) 2022 evidenció que el 23.7% de la población encuestada reportó haber experimentado alguna situación de discriminación.
Entre los motivos identificados destacan la forma de vestir o el arreglo personal, con un 30.6%, así como el tono de piel, con un 13.1%, cifras que reflejan la presencia de prejuicios relacionados con la apariencia.
¿Dónde denunciar si eres víctima de discriminación?
Las personas que consideren haber recibido un trato discriminatorio en supermercados, tiendas departamentales u otros establecimientos pueden presentar su queja ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).
Los canales de contacto difundidos son:
- Correo electrónico: quejas@conapred.gob.mx
- Teléfono: 55 5262 1490
- Línea gratuita: 800 543 0033
La Profeco reiteró la importancia de que los comercios garanticen un trato digno y respetuoso para todos sus clientes, independientemente de sus características físicas, condición social o manera de vestir.
La vigilancia comercial no debe convertirse en una forma de discriminación. Las medidas de seguridad deben responder a comportamientos objetivos y no a prejuicios sobre la apariencia de quienes ingresan a comprar.





