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La Internacional Villahermosa

Tabasco

Otorga Canaco asesoría jurídica a sus agremiados contra Ley Antichatarra

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Foto: 620am

8 septiembre de 2020.- Sí hay elementos para que los comerciantes que así lo deseen, puedan refutar contra la reforma de la Ley de Salud aprobada en la entidad, que prohíbe la comercialización y distribución de comida considerada “chatarra”, así como mostrar espectaculares con este tipo de alimentos, confirmó el abogado Miguel Alberto Romero Pérez

En rueda de prensa, el presidente de la Canaco Servytur Villahermosa informó que brindará asesoría a los agremiados pues en las 14 delegaciones del organismo empresarial, mil 600 comercios se verían afectadas por las prohibiciones de los alimentos de consumo ocasional.

Tan solo en Villahermosa serían unas 400 empresas y en general, más de seis mil unidades de negocio se verán afectadas con la aplicación de las reformas hechas a la leyes de Salud y de Hacienda Municipal del Estado de Tabasco; por ello destacó, que se dará asesoría jurídica para todas las empresas que se vean afectadas con el decreto 215, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco, el pasado 21 de agosto.

“Son 5 mil empresas que están en el padrón Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM), 450 que están en la capital y son pequeñas y medianas; así como 1,600 ubicadas en las 14 delegaciones donde tenemos representación indicó.

Advirtió que la finalidad de estas asesorías, es que los Ayuntamientos y autoridades locales no les vayan a imponer una multa, sanción o clausurar el establecimiento y por eso, llamó a los socios a estar preparados muy bien y utilizar las medidas correctas y adecuadas.

En su oportunidad, Romero Pérez indicó que la cámara solo está ofreciendo asesorías legales sobre el tema, más no promoviendo un amparo grupal porque eso, no funciona así.

“Lo que la Cámara está ofreciendo es la asistencia jurídica para que conozca, evalúen y puedan tomar una decisión. Esto, no significa que la Cámara de Comercio vaya a generar una especie de amparo colectivo, pues no funciona así, sino que es en lo particular” agregó.

Y es que, el artículo 417 de la Ley de Salud del Estado de Tabasco advierte que se sancionará con multa equivalente de hasta 10 mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización.

“La violación a las medidas comprendidas y menciona varias, pero de manera particular el artículo 87, que es donde están las prohibiciones” precisó.

SusanaLeón/Noticias620AM

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