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La Internacional Villahermosa

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Magistrados penales definen criterios para agilizar juicios

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Foto: Internet
  • Con 12 de sus homólogos, el magistrado Gregorio Romero Tequextle analizó temas como principio de inmediación, valoración de pruebas y procedencia de apelaciones adhesivas
  • El presidente de la primera sala penal informó que estos acuerdos se van a presentar próximamente ante el pleno del TSJ para que se puedan convertir en criterios jurídicos

Magistrados de cinco salas penales del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) se reunieron para definir criterios jurídicos derivados de los temas abordados en los cinco conversatorios realizados durante mayo y junio pasado, en los que participaron fiscales del Ministerio Público, defensores de oficio, así como jueces y magistrados estales y federales.

El presidente de la primera sala penal, Gregorio Romero Tequextle, explicó que una de las facultades del pleno del Tribunal Superior de Justicia  es emitir criterios jurídicos para que los jueces tengan la mejor interpretación de las normas y la aplicación del Derecho.

Detalló que se analizaron los temas donde existen problemas de interpretación por parte de los jueces, ya que lo ideal es que no se den sentencias, resultados o acuerdos contradictorios, toda vez que si bien cada juez tiene autonomía para juzgar los criterios jurídicos les ayudan a ubicarse en la interpretación correcta, lo que les permitirá hacer mejor su trabajo. Esto es, buscamos evitar dudas y por consiguiente que se den contradicciones, comentó.

Romero Tequextle mencionó que se analizó el principio de inmediación y se emitió un acuerdo para que se respete siempre este principio que consiste en que el juez, o en su caso, el tribunal de enjuiciamiento, debe estar presente, escuchando y verificar no solamente lo que se dice sino también cómo se dice todo lo que acontece para tener una visión de lo que juzga y emitir una sentencia apegada a los que se denominan pruebas desahogadas en el juicio.

Se analizó el tema de la valoración de la prueba en segunda instancia, donde existe un gran debate sobre si el tribunal de alzada puede entrar a la valoración de las pruebas o no. Apuntó que se llegó a la conclusión de que los magistrados pueden analizar cómo el juez valora la prueba, si lo hizo de manera correcta, pero no harán valoración de la prueba en sí porque se estaría violando el principio de inmediación.

Justicia conforme a derecho, el objetivo

Relató que hay cuestiones que está analizando la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), debido a que se están registrando contradicciones de tesis de tribunales colegiados y por ello estarán pendientes para saber con exactitud hasta dónde la segunda instancia debe entrar al tema de la valoración de pruebas emitidas por los jueces de primera instancia.

 En cuanto a la reposición de juicios por inmediación, la interpretación fue que siempre que no se dé la presencia del juez en la audiencia, esto es, que se registre la inmediación, se estará violando un principio esencial del sistema procesal penal acusatorio y cuando esto suceda deberá reponerse el procedimiento.

Para los asuntos en los que se promueva la procedencia de una apelación adhesiva se llegó a la conclusión de que es procedente en Derecho penal, siempre y cuando quien promueva la apelación lo haga para fortalecer las conclusiones, los considerandos, los puntos resolutivos de una sentencia. Es decir, se adhiera a lo que el juez ya juzgó, con el fin de reforzar esa sentencia, pero se mantenga el resultado que ya se dio en primera instancia.

Refirió que uno de los asuntos que más controversias causó durante los conversatorios fue el ofrecimiento de medios de prueba de la defensa y descubrimiento probatorio.

El magistrado Romero Tequextle aclaró que éste se va a seguir analizando, aunque con sus 12 homólogos coincidió en que la defensa tiene derecho a ofrecer pruebas en cualquier momento procesal hasta antes de que se dicte el auto en que ya va a iniciarse el proceso penal. Es decir, hasta antes de abrir la etapa correspondiente al juicio oral o apertura de  juicio oral. 

Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia coincidieron en señalar que no se puede coartar el derecho a ofrecer pruebas, por lo que el juez buscará la manera de que la defensa lo haga hasta donde la ley lo permita para no dejar en estado de indefensión a la parte que se está juzgando.

El presidente de la primera sala penal informó que estos acuerdos se van a presentar próximamente ante el pleno del tribunal tabasqueño y si éste los aprueba se convertirán en criterios jurídicos, los cuales se darán a conocer  a los jueces para que los cumplan. Además, dijo, se les deberá dar difusión para que tanto el Ministerio Público como los defensores de oficio y privados  conozcan los criterios del tribunal y que todas las partes realicen su trabajo legalmente y se cumpla con el procedimiento penal acusatorio.

El doctor en Derecho aseveró que seguirán trabajando para contar con la mejor interpretación de las normas, a fin de cumplir el compromiso de que diariamente la justicia se dicte conforme a Derecho.

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Entretenimiento

Livia Brito condenada a pagar compensación por agresión a paparazzi

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Tras casi cuatro años de batalla legal, Livia Brito y su exnovio, Mariano Martínez, finalmente han sido condenados por un juez a pagar una compensación al paparazzi Ernesto Zepeda, a quien agredieron durante unas vacaciones en Cancún en 2020.

La sentencia dictaminó que la pareja deberá desembolsar un millón 200 mil pesos por daño moral, marcando el fin de un largo proceso judicial.

Zepeda, en una entrevista con “Venga la Alegría”, expresó su alivio por la resolución, aunque señaló que aún espera el cumplimiento de los plazos debido a posibles recursos legales de la defensa de Brito y Martínez.

Este caso pone de manifiesto la importancia de asumir la responsabilidad por las acciones cometidas y el valor de la perseverancia en la búsqueda de justicia.

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