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La Internacional Villahermosa

Tabasco

La SCJN invalida “Ley Garrote”.

Arturo Saldívar, presidente de la SCJN declaró que la ley podría criminalizar el ejercicio del derecho a la protesta.

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Foto: Internet

Arturo Saldívar, presidente de la SCJN declaró que la ley podría criminalizar el ejercicio del derecho a la protesta.

Dicha ley es la modificación que se realizó en 2019 al Código Penal del Estado de Tabasco en 2019, en los artículos 196 bis, 299 y 308 bis.

EL ARTÍCULO 196 BIS ESTABLECE: Al que careciendo de facultad legal, impida o trate de impedir por cualquier medio, la ejecución de trabajos u obras privadas, se le impondrá prisión de seis a trece años y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Las mismas penas se aplicarán a quien obstruya el acceso de personal o de maquinaria al lugar destinado para la ejecución de trabajos u obras de las que hace mención el párrafo anterior.

La pena se incrementará en una mitad más, cuando en la comisión del delito el sujeto activo, por sí o por interpósita persona, pida o exija dádivas, cuotas o la obtención de un empleo; cuando se utilice violencia o se cometa por dos o más personas.

EL ARTÍCULO 299 ESTABLECE: Al que con actos materiales trate de impedir la ejecución de una obra o un trabajo públicos, ordenados o autorizados legalmente por la autoridad competente, se le aplicará de sesenta a ciento ochenta días de semilibertad. Cuando el delito se cometa por varias personas de común acuerdo, se aplicará de uno a dos años de prisión. Si se usare violencia, se le aplicará de dos a tres años de prisión, sin perjuicio de las sanciones aplicables al delito que resulte cometido.

EL ARTÍCULO 308 BIS ESTABLECE: Al que extorsione, coercione, intente imponer o imponga cuotas, e impida total o parcialmente el libre tránsito de personas, vehículos, maquinaria, equipo especializado o similar para la ejecución de trabajos u obras públicas o privadas, en las vías y medios de comunicación de jurisdicción local a que se refiere el artículo 306, se le impondrá prisión de seis a trece años y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, sin perjuicio de las penas que correspondan por otros delitos que resulten.

La pena se incrementará en una mitad más, cuando en la comisión del delito el sujeto activo se haga acompañar de personas menores de edad o se emplee violencia.

Tabasco

Detienen a joven por grabar en vivo en Santa Rosalía de Cárdenas, Tabasco; se identificó como periodista

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En un incidente reciente, un joven fue detenido por las autoridades en la ranchería Santa Rosalía de Cárdenas, Tabasco, mientras realizaba una transmisión en vivo para demostrar que la zona estaba en aparente tranquilidad.

El individuo afirmó ser periodista, pero no pudo comprobarlo, lo que llevó a los agentes de la Guardia Nacional a sospechar que era un Halcón local.

Posteriormente, sus familiares acudieron en su ayuda y lograron demostrar que se trataba de un joven inocente que simplemente buscaba mostrar la situación en la zona.

Como resultado, fue puesto en libertad.

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