Síguenos en las redes
La Internacional Villahermosa

Tabasco

La SCJN invalida “Ley Garrote”.

Arturo Saldívar, presidente de la SCJN declaró que la ley podría criminalizar el ejercicio del derecho a la protesta.

Publicado

el

Foto: Internet

Arturo Saldívar, presidente de la SCJN declaró que la ley podría criminalizar el ejercicio del derecho a la protesta.

Dicha ley es la modificación que se realizó en 2019 al Código Penal del Estado de Tabasco en 2019, en los artículos 196 bis, 299 y 308 bis.

EL ARTÍCULO 196 BIS ESTABLECE: Al que careciendo de facultad legal, impida o trate de impedir por cualquier medio, la ejecución de trabajos u obras privadas, se le impondrá prisión de seis a trece años y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Las mismas penas se aplicarán a quien obstruya el acceso de personal o de maquinaria al lugar destinado para la ejecución de trabajos u obras de las que hace mención el párrafo anterior.

La pena se incrementará en una mitad más, cuando en la comisión del delito el sujeto activo, por sí o por interpósita persona, pida o exija dádivas, cuotas o la obtención de un empleo; cuando se utilice violencia o se cometa por dos o más personas.

EL ARTÍCULO 299 ESTABLECE: Al que con actos materiales trate de impedir la ejecución de una obra o un trabajo públicos, ordenados o autorizados legalmente por la autoridad competente, se le aplicará de sesenta a ciento ochenta días de semilibertad. Cuando el delito se cometa por varias personas de común acuerdo, se aplicará de uno a dos años de prisión. Si se usare violencia, se le aplicará de dos a tres años de prisión, sin perjuicio de las sanciones aplicables al delito que resulte cometido.

EL ARTÍCULO 308 BIS ESTABLECE: Al que extorsione, coercione, intente imponer o imponga cuotas, e impida total o parcialmente el libre tránsito de personas, vehículos, maquinaria, equipo especializado o similar para la ejecución de trabajos u obras públicas o privadas, en las vías y medios de comunicación de jurisdicción local a que se refiere el artículo 306, se le impondrá prisión de seis a trece años y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, sin perjuicio de las penas que correspondan por otros delitos que resulten.

La pena se incrementará en una mitad más, cuando en la comisión del delito el sujeto activo se haga acompañar de personas menores de edad o se emplee violencia.

Tabasco

Gaby Vargas sustituye a Rosa Ethel como conductora de la Elección de la Flor Tabasco 2024, tras controversia en redes

Publicado

el

Después de una intensa polémica en las redes sociales, Gaby Vargas será la conductora de la Elección de la Flor Tabasco 2024.

Este cambio se produce luego de una controversia generada por los comentarios de Rosa Ethel Pérez Quevedo, quien originalmente iba a ocupar ese puesto.

La decisión fue anunciada tras una serie de mensajes en redes sociales donde el público tabasqueño pedía que se retirara la invitación a Rosa Ethel como conductora del evento. Ante esta situación, se optó por designar a Gaby Vargas como la nueva conductora.

El Comité de Feria no ha emitido declaraciones al respecto, pero se espera que en los próximos días se den a conocer más detalles sobre este cambio en la conducción del importante evento.

Continuar leyendo